Union Libre Vs Pareja De Hecho

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Thomson Reuters Fallo del da Atribucin del hogar. A favor de un menor nacido de una unin concubinaria. Tribunal Juzgado de Familia Nro. Mar del Plata. Partes Z., S. E. c. M., C. A. s exclusion del hogar. Fecha de Sentencia 2. Debe admitirse la atribucin del hogar a favor de una nia nacida de una unin concubinaria y su madre, que ejerce su guarda, pues se acredit que el padre se encuentra en condiciones de mantenerlas en la vivienda familiar y que la progenitora no cuenta con recursos econmicos de la misma entidad. INCIDENTE DE LIQUIDACIN SOCIEDAD CONYUGAL xxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxx VS xxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxx DIVORCIO INCAUSADO EXP SECRETARIA. El art. 1. 27. 7 del Cd. Civil es inconstitucional, en cuanto omite dar proteccin jurdica de la vivienda familiar de los hijos menores nacidos de uniones de hecho frente a la ruptura de la convivencia de sus padres, pues  entra en palmaria contradiccin con el art. Constitucin Nacional, con el art. Cd. Civil y con las Leyes 1. Instancia. Mar del Plata, 1. Vistos Los autos caratulados Z S E c. M C A sexclusin del hogar, expte. Publicacin de noticias sobre gadgets y tecnologa. Carrera Primeros aos. Poco despus de graduarse de la secundaria, Jeanette investig las escuelas de lucha libre en una milla a la redonda de su casa. Tribunal Juzgado de Familia Nro. Mar del Plata. Partes Z., S. E. c. M., C. A. s exclusion del hogar. Fecha de Sentencia 20130815. Descargar Windows Xp Con Drivers Sata Integrados 1 Link. Debe admitirse la. Estoy en proceso de separacion tras 20 aos, me he encontrdo siempre sola, ahora que decido separarme a el le ha salido parece ser una enfermedad algo grave lleva. Autor no identificado. Huracn Ramrez en el Circo Bells. Ciudad de Mxico, ca. No es un secreto que durante la prctica del sexo oral puede que el hombre eyacule en la boca de su pareja sexual. Existen muchas dudas sobre si el tragar semen. La unin libre es compartir proyecto de vida sin ataduras, aunque la relacin genera derechos y obligaciones ante la pareja. Si vives en concubinato, infrmateN 3. Juzgado de Familia n 6 del Departamento Judicial Mar del Plata, de los que Resulta I. Que a fs. 4. 1 se presenta S E Z. Dra. S. A. F., por su propio derecho y en representacin de su hija S M y de su hijo por nacer demanda la atribucin del inmueble a la actora y para residir en l con sus hijos menores de edad y la exclusin del demandado de la vivienda familiar. En virtud de la situacin de urgencia que atraviesa la accionante junto a su hija, solicita la atribucin cautelar de la vivienda. En los antecedentes, la actora enuncia que en marzo de 2. Mysql Queries With Examples Pdf there. Sr. M. sito en C. Mar del Plata. Seala que la relacin mantenida fue estable y pblica en aparente matrimonio. Indica que en el comienzo ambos trabajaban, que mantenan un excelente pasar econmico, en el que el principal proveedor era el Sr. M. Contina su relato sealando que en el ao 2. S. Segn refiere la Sra. Z, a partir de aquel momento, decidieron que la accionante dejara su trabajo. Explica que, debido al trabajo que el demandado llevaba a cabo en casinos, en 2. Necochea y que venan semanalmente a esta ciudad para supervisar la explotacin de remises y taxis que llevaba adelante el accionado. Luego, indica que en diciembre de 2. Sr. Zi, l solicit el traslado a Mar de Aj, lugar al que se mudaron todos, hasta abril de 2. En aquella fecha, volvieron a trasladarse a Mar del Plata, para dar inicio al ciclo escolar de la nia S. A partir del regreso a esta ciudad, la familia decidi cambiar el departamento sito en calle C. De tal forma segn seala la actora el accionado adquiri el inmueble de tres ambientes situado en el mismo edificio identificado como 1. A. Relata un incidente ocurrido en torno a la titularidad del bien y un distanciamiento de la pareja, que luego fue superado para continuar la convivencia en el nuevo inmueble. Seala que comenz a trabajar nuevamente y que accedi a invertir dinero personal adelanto de herencia de su padre en la adquisicin de una licencia de taxi a nombre del Sr. M. Posteriormente, relata que a mediados del ao 2. La Sra. Z narra que ante un viaje de sus padres, ella junto al Sr. Hace ya ms de un mes, fuimos testigos de un par de resoluciones histricas por parte de dos tribunales constitucionales en pases diferentes el caso de Obergefell v. Debemos partir de la premisa de que no son equiparables las uniones de hecho y el matrimonio. De hecho, la doctrina jurisprudencial del Tribunal Supremo, en lnea. Prediksi-Atletico-Madrid-vs-Valencia-5-Maret-2017.jpg' alt='Union Libre Vs Pareja De Hecho' title='Union Libre Vs Pareja De Hecho' />M se comprometieron a cuidar de la casa de aquellos, pero que llegado el momento, el Sr. M no acept trasladarse a dicho domicilio, sino que le dijo a ella que se retirara del hogar familiar con la nia. Agrega que luego de algunas comunicaciones le permiti retirar sus pertenencias. As, la accionante describe que desde el da 1. Sr. M cort la relacin con ella, recibiendo tanto ella como la nia S, la atencin de los padres de la Sra. Z. Funda su pretensin en derecho, solicita la aplicacin extensiva del art. C. C., en concordancia con las disposiciones constitucionales que protegen las diversas formas de vivir en familia y garantizan, en sentido amplio, el derecho a la vivienda familiar. Describe la situacin jurdica del bien asiento del hogar familiar, inscripto el dominio en la Matrcula de. En prrafo aparte, solicita la exclusin del hogar del accionado y la atribucin de vivienda. Ofrece prueba y reserva derecho de ampliar demanda. II. A fs. 5. 8 a 6. Indica que padeci la prdida del beb que gestaba y que su condicin fsica es estable, aunque psquicamente atraviesa un perodo sumamente delicado. Solicita se haga lugar al reclamo de atribucin de hogar familiar tambin en relacin a la accionante. Formula planteo de inconstitucionalidad por omisin respecto del derecho alimentario del conviviente. Plantea que el derecho a la alimentacin es un derecho constitucional de segunda generacin y fundado en los tratados de derechos humanos que consagran derechos econmicos sociales y culturales la Declaracin Universal de Derechos, la Convencin sobre la Eliminacin de todas las formas de discriminacin contra la mujer, y dems instrumentos internacionales y constitucionales. III. A fs. 6. 3 se da intervencin a la Consejera de familia, a fs. A fs. 7. 9 las partes acuerdan, en audiencia ante la Consejera de familia y con debido patrocinio letrado, el reintegro de la Sra. S al domicilio de C. Mar del Plata. IV. Ante el incumplimiento del acuerdo formulado por parte del Sr. Z, a pedido de la parte actora, a fs. S. A fs. 1. 75 a 1. Tribunal de Familia n 2 en pleno rechaza el recurso de reconsideracin interpuesto por la accionada. A fs. 1. 941. 95 obra presentacin que informa sobre el efectivo cumplimiento de la atribucin provisoria a la accionante y a su hija. V. A fs. 2. 19 obra provedo en el que se da por concluida la etapa previa y se radica la causa como exclusin de hogar, se imprime al proceso el trmite sumarsimo. VI. A fs. 2. 29 obra el escrito de contestacin de la demanda presentada por el Sr. C A M, con el patrocinio letrado de la Dra. Mara Eugenia Guerisoli, solicitando el rechazo de la demanda con costas a la parte actora. Formula una negativa generalizada de los hechos invocados por la actora y, en particular, niega haber tenido un excelente pasar econmico en la convivencia y que el mismo haya sido provedo mayoritariamente por el accionado que salieran de vacaciones en la forma que sealara la actora que realizaran viajes cortos que salieran a cenar que hubiera puesto el inmueble en cuestin a nombre de su hija Vernica, que haya echado de su domicilio a la sra. Relata su versin de la realidad de los hechos, y seala que convivi con la madre de su hija durante siete aos aproximadamente, que a partir del nacimiento la seora Z dej de trabajar por su voluntad y que ello implic que l debiera mantener la totalidad de gastos de la casa. Ofrece solucin habitacional mediante el pago de un alquiler de departamento de dos ambientes en zona centro o macrocentro hasta un monto que oscile entre los 1. Seala que el valor guarda relacin con las tasaciones adjuntas y que con tal ofrecimiento se est garantizando el derecho a la vivienda de su hija junto a la madre, si que ella deba hacerse cargo del pago de gastos de expensas, etc. Puntualiza en prrafo aparte que existe falta de derecho por parte de la Sra. Z, ya que en tanto la relacin entre ellos ha sido de concubinato, la misma no se encuentra contemplada en el art. C. C. Ofrece prueba y funda en derecho. VII. A fs. 3. 02 a 3. VIII. A fs. 3. 21 obra el acta de celebracin de la audiencia preliminar, en la cual se determinan los hechos litigiosos y se provee la prueba respectiva. IX. Se produce la prueba, a fs. Asesora de Incapaces interviniente. X. A fs. 5. 29 obra el dictamen suscripto por la Dra. M. C. V., en representacin del Sr.